El 21 de marzo entra en vigor algunas modificaciones de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Aquí tienes un resumen de las normas que pueden afectar al temario para la obtención del permiso de conducción.

Dispositivos de comunicación en casco
Se permiten dispositivos inalámbricos de comunicación o navegación en cascos de conductores de motocicletas y ciclomotores.

Tasa de alcohol en menores
Los conductores menores de edad tienen prohibido circular con una tasa de alcohol superior a 0.

Vehículos de movilidad personal
Se prohíbe circular por autopista y autovía a los vehículos de movilidad personal. Se prohíbe también la circulación por las aceras salvo excepciones que se determinen.

Casco en M.V.P.
Obligatorio el uso de casco en los vehículos de movilidad personal según se determine.

Distancia de seguridad frontal
Se permite a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener la separación frontal entre ellos, poniendo especial atención en evitar alcances entre ellos.

Distancia de seguridad en adelantamientos
Cualquier vehículo que adelante a ciclos y ciclomotores deben dejar 1'5 m al menos y ocupar parte o todo el carril contiguo. Si la calzada tiene más de un carril por sentido tiene que ocupar todo el carril contiguo.

Recuperación puntos
Transcurridos 2 año sin haber perdido más puntos, se recuperarán los 12 puntos.

Cursos de conducción segura
Se compensará con 2 puntos adicionales hasta un máximo de 15 puntos. Frecuencia máxima de un curso cada dos años.

Supresión 20 km/h para adelantar
Se suprimen los 20 km/h sobre la velocidad máxima en ctras. convencionales para realizar adelantamientos.

Permisos digitales
El permiso de circulación y permiso de conducción podrá acreditarse mediante su presentación física o digital

Modificación PxP
Se modifican los puntos que se retraen de algunas infracciones y se modifica la redacción de otras.
6
- Superar 0’5 mg/l aire o 0’3 mg/l para profesionales o 2 primeros años.
- Presencia drogas.
- Negativa a pruebas de alcohol o drogas.
- Conducir de forma temeraria en sentido contrario, carreras o competiciones.
- Conducir con inhibidores de radares o similar.
- Exceso 50% de conducción o minoración 50% descanso.
- Manipulación tacógrafo
- Utilizar sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil.
- Arrojar a la via o en sus inmediaciones objetos que produzcan accidentes o incendios.
- Adelantar poniendo en peligro a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 m.
4
- Superar 0’25 mg/l aire o 0’15 mg/l, hasta 0’50 mg/l aire o 0’30 mg/l para profesionales o 2 primeros años.
- Conducir un vehículo sin permiso o licencia que lo habilite.
- Incumplir preferencia de paso, stop, ceda el paso y semáforo rojo
- Adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo sentido contrario o visibilidad reducida.
- Realizar marcha atrás en autopistas y autovías.
- No respetar las señales de la autoridad.
- No mantener distancia seguridad con el vehículo precedente.
- No usar o no hacerlo adecuadamente cinturón, casco y sistemas retención infantil obligatorios.
- Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización o el uso del vehículo
3
- Efectuar cambio de sentido antirreglamentariamente.
- Conducir con cascos de audio o manteniendo entre casco y cabeza el teléfono o utilizando navegadores o teléfono sin sujetarlo con las manos
- Vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros.